abril 14, 2026
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Suprema Corte anula fallo contra juez Juan Francisco Rodríguez Consoró

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) decidió que el caso disciplinario contra el juez Juan Francisco Rodríguez Consoró debe ser revisado nuevamente por otro tribunal. El magistrado había sido suspendido y luego destituido por el Consejo del Poder Judicial (CPJ), pero la SCJ entendió que en el proceso no se explicaron bien algunos puntos importantes de su defensa.

El recurso de casación interpuesto por el juez cuestionaba las resoluciones disciplinarias que derivaron primero en su suspensión y posteriormente en su destitución.

El tribunal acogió el recurso presentado por Rodríguez Consoró y resolvió casar con envío la sentencia impugnada, disponiendo que el caso sea remitido a otra jurisdicción de la misma categoría para un nuevo examen.

Una de las principales quejas de Rodríguez Consoró se refiere a la forma en que fue notificado durante el proceso. El magistrado sostuvo que el acto núm. 1695/2022, fechado el 21 de octubre de 2022, le fue entregado en un lugar distinto al que él había señalado como domicilio para fines de notificación, ubicado en la calle Plaza de la Cultura, núm. 318. Según el juez, ese error en la dirección afectó su derecho de defensa y convirtió el acto en nulo.

Además, denunció que el plazo que se le otorgó para contestar la acusación fue de solo un día franco, lo que resultaba irrazonable. El acto de notificación fue emitido un viernes y el vencimiento estaba previsto para el martes 25 de octubre de 2022. Sin embargo, antes de que ese plazo concluyera, el Consejo dictó la resolución de suspensión, lo que, a su juicio, evidenció una vulneración al debido proceso.

El juez también cuestionó la forma en que se le notificaron las pruebas de la investigación. Explicó que el 18 de octubre de 2022 la Secretaría General del Consejo del Poder Judicial le remitió por correo electrónico el expediente conclusivo de la investigación con sus anexos. Rodríguez Consoró respondió indicando que no podía visualizar los documentos digitales y que, por esa razón, solicitaba que se le entregaran en formato físico.

Pese a esa petición, las pruebas solo fueron notificadas digitalmente. El recurrente alegó que esa modalidad era ineficaz y desfasada, pues el equipo informático que él utilizaba no contaba con lector de CD, lo que le impidió revisar adecuadamente los elementos en su contra.

Frente a esa situación, solicitó una reposición de plazo de 30 días para poder preparar su defensa. Sin embargo, según expuso, el CPJ redujo arbitrariamente ese plazo a solo seis días, lo que limitó sus posibilidades de analizar el expediente.

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